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  • 06/10/2021

Nuevas deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas

Tax informa

Deducciones por actuaciones que reduzcan: un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual; un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual y un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales.

El artículo 1 del Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre (publicado en el BOE de 6 de octubre y en vigor el mismo día) de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, introduce en materia tributaria, concretamente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, deducciones temporales por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, las cuales se aplicarán sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda con arreglo a la legislación sobre arrendamientos urbanos, de modo que su destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética.

En concreto son tres las nuevas deducciones temporales que se aprueban en el RDL 19/2021, incorporando en la 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

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