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  • 27/02/2024

Cambios en la jubilación forzosa según la Nueva Normativa Laboral

Sellarès Assessors informa

La normativa sobre la jubilación obligatoria ha sufrido modificaciones significativas tras la implementación de la Ley 21/2021, que reforma el sistema de pensiones. Esta ley ajusta las condiciones bajo las cuales los acuerdos de trabajo pueden establecer la jubilación forzosa para empleados de 68 años en adelante.

¿En qué consisten los cambios en la jubilación obligatoria?

Según el Estatuto de los Trabajadores, los acuerdos laborales colectivos pueden establecer que el contrato de un empleado finalice al alcanzar los 68 años, siempre que se cumplan ciertas condiciones.

La reforma actual elimina la posibilidad de establecer la jubilación obligatoria antes de los 68 años en los convenios colectivos. Se introduce el requisito de que dichas medidas estén ligadas a objetivos legítimos de gestión laboral, como la promoción del relevo generacional, lo cual implica la contratación de un nuevo empleado a jornada completa.

Bajo circunstancias especiales, la edad para la jubilación obligatoria puede ser ajustada a la edad ordinaria de jubilación, particularmente en sectores donde la representación femenina sea menor al 20%. Para aplicar esta excepción, se deben cumplir condiciones específicas, incluyendo la contratación de al menos una mujer a jornada completa.

Es vital conocer las disposiciones sobre la jubilación obligatoria en los acuerdos colectivos, ya que estas normas aplican exclusivamente a los contratos firmados o renovados después del 1 de enero de 2022. Para convenios antiguos, estas disposiciones pueden seguir vigentes hasta tres años tras su fecha de expiración.

Si su acuerdo colectivo ha sido actualizado o es nuevo, es fundamental revisar si incorpora estas cláusulas de jubilación obligatoria y comprender las responsabilidades relacionadas. Además, cualquier ajuste en el contrato laboral debido a la jubilación obligatoria debe ser notificado con antelación tanto a los representantes legales de los trabajadores como al empleado afectado.

Para más información sobre este tema, no dude en ponerte en contacto con Sellarès Assessors.

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Sellarès Assessors

Grupo empresarial dedicado a la prestación de servicios integrales de consultoría, asesoría y gestión para la pequeña y mediana empresa. Áreas generales: fiscal-tributario, contable, laboral, legal e inmobiliario. Especialidades en extranjería, protección de datos y herencias.

info@sellaresga.com

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Tel.: 934674467

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