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Despacho especializado en asesoramiento laboral, fiscal, contable y jurídico, además de seguros.
Avenida los Canos nº 52
11311 – Pueblo Nuevo de Guadiaro
Cádiz
Telf.: +34 956 695 148
Claves del IVA en ventas intracomunitarias
Vender mercancías a empresas de otros países de la Unión Europea no es solo cuestión de logística, también implica cumplir con una serie de obligaciones fiscales para evitar errores o sanciones, especialmente en lo relativo al IVA.
Claves para aplicar correctamente el IVA en ventas intracomunitarias
Si tu cliente es una empresa de otro país de la UE y tiene un NIF-IVA válido, puedes aplicar la exención de IVA en la operación. Pero para que sea válida, debes cumplir con ciertos requisitos:
Verificar el NIF-IVA del cliente.
Incluir la operación en el modelo 349 (declaración recapitulativa).
Asegurar el transporte de los bienes al país del cliente.
Escenarios clave a tener en cuenta
1. Si los bienes se envían desde otro país que no es España
La venta será intracomunitaria, pero se considerará realizada en el país de origen del envío. Allí deberás declarar la operación. En España solo se considerará “no sujeta”.
2. Si los bienes no se mueven entre países
La operación se trata como una venta interior en el país donde estén los bienes, y habrá que aplicar el IVA local. Puede que incluso debas darte de alta en ese país o declarar un establecimiento permanente.
3. Si tienes stock en otro país de la UE
Ese envío previo se considera una transferencia intracomunitaria, y debes declararla como tal. Luego, cuando vendas la mercancía desde allí, se aplicarán las reglas del país de destino.
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