La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha publicado el Calendario del Contribuyente para el año 2026, un documento de referencia que permite conocer, de forma ordenada, las principales obligaciones tributarias estatales a lo largo del ejercicio: declaraciones periódicas y no periódicas, modelos informativos y plazos de presentación.
Este calendario, elaborado en diciembre de 2025, resulta especialmente relevante en un contexto de creciente digitalización y ampliación de las obligaciones informativas, con varios cambios normativos que entran en vigor a partir del 1 de enero de 2026.
Consideraciones generales sobre los plazos
Como regla general, cuando el vencimiento de un plazo coincide con una festividad local, autonómica o nacional, el plazo se traslada al primer día hábil siguiente. No obstante, existen excepciones relevantes:
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Modelo 369: el plazo no se amplía aunque coincida con fines de semana o festivos.
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Modelo 360: en solicitudes de devolución de IVA soportado en España, el cómputo del plazo puede variar según se trate de empresas establecidas en España, en otros Estados miembros de la UE o en territorios como Canarias, Ceuta o Melilla, debiendo atenderse, en su caso, a la normativa del Estado de establecimiento.
Novedades más relevantes del Calendario del Contribuyente 2026
El calendario de 2026 incorpora nuevos modelos y modificaciones sustanciales en otros ya existentes, especialmente en materia de declaraciones informativas.
Modelo 170: pasa a ser mensual
Se aprueba el nuevo modelo 170, relativo a las operaciones realizadas por empresarios o profesionales adheridos a sistemas de cobro mediante tarjetas o pagos asociados a números de teléfono móvil.
A partir de 2026, su presentación pasa de ser anual a mensual, debiendo presentarse durante el mes natural siguiente al que se refiera la información. Se aplicará por primera vez a las operaciones de enero de 2026, a presentar en febrero de 2026.
Modelo 174: nueva obligación informativa sobre tarjetas
Se introduce el modelo 174, una nueva declaración informativa sobre todo tipo de tarjetas. Su presentación se realizará entre el 1 y el 31 de enero del año siguiente al que se refiera la información, siendo la primera presentación en enero de 2027 respecto del ejercicio 2026.
Modelo 181: préstamos y operaciones inmobiliarias
El nuevo modelo 181 sustituye al anterior y recoge la declaración informativa de préstamos, créditos y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles. Se presentará anualmente durante el mes de enero y será aplicable por primera vez a las operaciones del ejercicio 2026.
Modelo 185: cotizaciones de afiliados y mutualistas
El modelo 185 mantiene su carácter mensual, con presentación dentro de los diez días naturales siguientes al mes al que se refiera la información. Entra en vigor el 1 de enero de 2026 y sustituye al modelo anterior, que queda derogado.
Modelo 196: de anual a mensual
El modelo 196, relativo a cuentas en instituciones financieras y retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario, pasa a tener periodicidad mensual. Además, integra la información que hasta ahora se declaraba en el modelo 291, que desaparece. La primera presentación mensual corresponderá a enero de 2026.
Nuevos modelos del Impuesto Complementario: 240, 241 y 242
Se aprueban tres nuevos modelos vinculados al Impuesto Complementario:
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Modelo 240: comunicación de la entidad constitutiva.
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Modelo 241: declaración informativa.
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Modelo 242: autoliquidación del impuesto, cuya primera presentación se realizará del 1 al 27 de julio de 2026.
Supresión del modelo 291
El modelo 291, relativo a cuentas de no residentes sin establecimiento permanente, queda suprimido. Su contenido pasa a integrarse en el modelo 196 mensual. La última declaración del modelo 291 será la correspondiente al ejercicio 2025.
Modelo 319: pago a cuenta de IVA en carburantes
Se aprueba el modelo 319, destinado al pago a cuenta del IVA en entregas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes tras la salida del régimen de depósito fiscal. Este pago deberá realizarse con carácter previo a la extracción del producto.
Identificación y sistemas de presentación
El calendario recuerda los medios de identificación admitidos para la presentación electrónica de declaraciones: certificado electrónico, DNI electrónico, sistema Cl@ve y número de referencia, con distintas limitaciones según se trate de personas físicas, personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.
Asimismo, se amplía el uso del sistema eIDAS, que permite a ciudadanos de otros Estados miembros de la UE identificarse electrónicamente para determinados modelos tributarios.
Campaña de Renta y Patrimonio 2025
La campaña de Renta y Patrimonio 2025 se desarrollará entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026, exclusivamente por vía electrónica.
Otras cuestiones de interés
El calendario recuerda, entre otras cuestiones:
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La exoneración del modelo 390 para determinados contribuyentes de IVA.
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La obligatoriedad y alcance del Suministro Inmediato de Información (SII).
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Las obligaciones de llevanza de libros y contabilidad a través de la sede electrónica de la AEAT en materia de Impuestos Especiales.
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Las reglas específicas para la domiciliación bancaria de autoliquidaciones.
Conclusión
El Calendario del Contribuyente 2026 consolida una tendencia clara: más obligaciones informativas, mayor periodicidad y un refuerzo del control tributario a través de la digitalización. Para empresas, profesionales y asesores, resulta imprescindible revisar con antelación los nuevos modelos y cambios introducidos, a fin de adaptar procedimientos internos y evitar incidencias en el cumplimiento de plazos.
Ante cualquier duda sobre la aplicación concreta de estas novedades, resulta recomendable realizar un análisis personalizado según el perfil del obligado tributario y su volumen de operaciones