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Una de las claves es la libertad de amortización concedida a quienes apuesten por infraestructuras vinculadas al autoconsumo energético. Así, el Real Decreto-ley 4/2024 sustituye el sistema anterior de amortización acelerada, regulado por el RDL 5/2023, por un régimen libre, aplicable a infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, instalaciones de uso térmico o eléctrico, siempre que estas empleen energías renovables y sustituyan tecnologías dependientes de fuentes fósiles. Esta medida, más que un alivio fiscal, es una invitación a repensar la inversión empresarial desde una lógica de sostenibilidad.
En paralelo, se introduce una tributación mínima del 15 % para grandes corporaciones que facturen más de 750 millones anuales, incluidas filiales. La medida pretende contener estrategias de planificación agresiva y garantizar una contribución efectiva de los grandes grupos al sostenimiento del gasto público.
En el terreno de las deducciones, la Ley de Mecenazgo se revisa al alza: los donativos recurrentes podrán deducirse hasta un 50 % de la cuota íntegra, mientras que el límite sobre la base imponible aumenta del 10 % al 15 %. Se trata de un ajuste técnico con trasfondo simbólico: se refuerza el papel fiscal de quienes contribuyen a fines de interés general.
No menos importante es la reincorporación de medidas fiscales anuladas por el Tribunal Constitucional en 2024, concretamente aquellas restricciones introducidas en 2016 y que ahora regresan, corregidas, a través de la Ley 7/2024. Se reactivan así límites a la compensación de bases imponibles negativas y deducciones internacionales, con efectos retroactivos dentro del ejercicio.
Por último, se extiende hasta 2025 la limitación del 50 % en la integración de bases negativas individuales dentro de los grupos fiscales, con una regla de incorporación progresiva en décimas partes a partir de 2025. Las fundaciones quedan exentas de esta limitación, en reconocimiento a su función social.
PATRICIA FONT GORGORIÓ
Abogada y colaboradora en Font & Yildiz
El Impuesto sobre Sociedades es una obligación fiscal clave para las empresas. De cara al ejercicio 2024, es importante considerar varios aspectos para optimizar el coste fiscal del mismo:
Analice la posibilidad de aplicar la reserva de capitalización. Ello supone una reducción de la base imponible del 15% siempre que se mantenga el incremento de fondos propios en los siguientes 3 años, por lo que puede ser interesante para las empresas que no tengan una política de reparto de dividendos anual y/o tengan suficiente importe de reservas voluntarias.
En caso de ser Empresa de Reducida Dimensión, analice la posibilidad de aplicar la reserva de nivelación, que permite reducir en un 10% la base imponible. Pese a que ello es un diferimiento fiscal (se debe revertir en los siguientes 5 años) es interesante considerando la disminución de tipos impositivos del Impuesto sobre Sociedades prevista para los próximos ejercicios.
Recuerde que en caso de haber efectuado inversiones en nuevos vehículos o nuevas instalaciones de recarga de vehículos eléctricos puede aplicar una amortización libre. Es recomendable que analice los criterios de amortización aplicados y valore la posibilidad de aplicar amortizaciones aceleradas y libertad de amortización, que le permiten diferir el impuesto.
Revise especialmente los gastos deducibles, como los financieros, de formación, de I+D+i o los asociados a la digitalización, que pueden dar pie a deducciones fiscales.
Por último, el mejor consejo es contar con asesoramiento fiscal profesional. Un buen asesor puede detectar oportunidades de ahorro fiscal y a su vez asegurar el cumplimiento normativo.
RAUL ALONSO
Abogado – Dpto. Jurídico Fiscal en Mateos Legal
Se acerca el periodo de liquidación del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2024, por lo que conviene repasar las novedades legislativas más destacadas.
Una de las principales modificaciones es el incremento de la reducción de la Base Imponible en concepto de la Reserva de capitalización, que pasa del 10% al 15% del incremento de sus fondos propios, y reduciéndose el plazo de mantenimiento de esta reserva de 5 a 3 años, haciendo más atractivo este incentivo fiscal.
Respecto a las empresas que hayan invertido en nuevos vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga que entren en funcionamiento durante el 2024, les puede interesar acogerse a la libertad de amortización, aumentando el gasto deducible durante los periodos de amortización del activo y, en consecuencia, reduciendo la base imponible del Impuesto.
Asimismo, se incrementa el porcentaje de deducción por donaciones realizadas a una entidad sin ánimo de lucro, que pasa al 40%. Adicionalmente, si estas se mantienen durante 3 años, la deducción aumenta al 50%.
Para todos aquellos acogidos al régimen de consolidación fiscal, recalcar que se extiende para el ejercicio 2024 y 2025 la limitación al 50% de las BINs individuales aplicadas en el grupo.
Por último, en relación con las reducciones de los tipos impositivos para el ejercicio 2025 y siguientes, las empresas de reducida dimensión, pueden minorar su base imponible en un 10% aplicando la Reserva de nivelación a los actuales tipos de gravamen del 23-25%, cosa que, con la reducción de los tipos impositivos en los próximos ejercicios (de hasta el 20%), supondrá un ahorro de entre el 2 y 5% en la carga tributaria de los futuras Impuestos de Sociedades.
ORIOL COLL DE CASTRO
Posición: Asesor Fiscal oficina Barcelona de JDA SFAI
Las modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades aplicables desde el 1 de enero de 2024, suponen mejoras para pymes y microempresas que buscan optimizar su carga fiscal y en contraposición se establece un tipo mínimo para la tributación de algunas multinacionales y sus filiales que permitirá aumentar la recaudación por este impuesto. Algunas de las medidas que afectan a diferentes planos de la economía serían:
La medida más destacable es la reducción de tipos impositivos para microempresas con una facturación inferior a un millón de euros que tributan des de 2023 al tipo reducido del 23%. Esta medida contribuye a aliviar la presión fiscal y a impulsar el crecimiento de los pequeños negocios. A partir de 2025, se prevé una rebaja progresiva pudiendo llegar hasta al 17 % en 2027, reforzando el atractivo de esta medida.
En la aplicación de la reserva de capitalización, la reducción de la base imponible en 2024 pasa del 10 % al 15% del incremento de los fondos propios y se acorta el plazo de mantenimiento del capital de cinco a tres años. Esta medida y las previstas a partir del 2025 incentiva la reinversión y fomenta la creación de empleo.
En materia social, los donativos a entidades sin fines lucrativos incrementan del 35 % al 40% la deducción en la cuota por dichos donativos, cuestión muy relevante para dichas entidades y los fines sociales que persiguen.
En materia tecnológica, respecto de los gastos e inversiones relacionados con proyectos I+D+i se incrementan las deducciones por actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación, fomentando la inversión empresarial en innovación tecnológica y científica.
Fuente: Emprendedores
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