EMLB ASOCIADOS informa
Con efectos desde el 6 de octubre de 2021 se establecen en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF-RENTA) deducciones por obras destinadas a mejorar la eficiencia energética en viviendas sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación destinada a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda.
En concreto son tres las nuevas deducciones temporales que se aprueban y su beneficio fiscal consistente en la no integración de estas cantidades en la base imponible del IRPF
- Deducción por las obras realizadas que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual.
- Deducción por las obras realizadas que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual.
- Deducción por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios de uso predominante residencial.
Seguir leyendo en EMLB ASOCIADOS
Aumenta la visibilidad y reputación de tu despacho profesional
Formar parte de este portal es una garantía de calidad y de confianza
Suscríbete a nuestra NEWS
Llegamos mensualmente a más de 80.000 empresas de todo el territorio español.
Artículos relacionados
Mantente al día con las últimas tendencias y noticias del ámbito legal.


