La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que se está tramitando estos días en el Congreso de los Diputados, incorpora entre otras, los siguientes cambios a nivel impositivo:
1. Creación del impuesto de solidaridad de las grandes fortunas:
Este impuesto será temporal para los ejercicios de 2023 y 2024, pero podrá ser prorrogado. Se aplicará a las “grandes fortunas”, entendiendo por tales las que excedan los tres millones de euros. Este impuesto se solapa con el Impuesto sobre el Patrimonio, por ello se prevé la cuota de este último. Sin embargo mientras en el Impuesto de Solidaridad el mínimo exento es de 3 millones, en el Impuesto sobre el Patrimonio es de 700.000 €, teniendo en cuenta que hay descontar el valor de la vivienda habitual hasta un máximo de 300.000 €.
Los tipos aplicables al Impuesto de solidaridad de las grandes fortunas son:
– Las fortunas entre 3 y 5 millones tributaran al 1,7%.
– Las fortunas entre 5 y 10 millones pagarán un 2,1%.
– Las fortunas que superan los 10 millones pagarán un 3,5%.
Los primeros tres millones de patrimonio no deberán pagar el impuesto y el resto tributará por tramos. Por ejemplo, un patrimonio de 11 millones de euros, no tributará por los 3 primeros, tributará el 1,7% de los 2 millones siguientes, el 2,1% por los 5 siguientes y el 3,5% por el millón final. Por tanto la cuota sería de 174.000 €.
El nuevo impuesto mantendrá la exención a las empresas familiares.
2. Aumento de tributación sobre las rentas de capital:
Las rentas de capital superiores a 200.000euros sufrirán un incremento de gravamen.
Por eso se recomienda, anticipar el cobro de dividendos, intereses o plusvalías plausibles al año 2022, ya que el cambio entrará en vigor el primero de enero de 2023.
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