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  • 07/09/2021

Claves del acuerdo alcanzado para la reforma de las pensiones

Emprendedores

El acuerdo alcanzado por los agentes sociales para reformar las pensiones, entre otras medidas importantes, incluye nuevas fórmulas de revalorización de las pensiones, flexibiliza las condiciones para la jubilación anticipada y se crean más incentivos para la jubilación demorada.

Revalorización de las pensiones

El acuerdo garantiza expresamente el mantenimiento del poder adquisitivo a través del incremento de las pensiones el 1 de enero de cada año de acuerdo con la inflación media anual registrada en el mes de noviembre del ejercicio anterior. En caso de que la inflación sea negativa, las pensiones no serán revisadas a la baja, permaneciendo ese año inalteradas.

Penalización de la jubilación anticipada

Los coeficientes reductores se revisan para favorecer las carreras más largas y serán mensuales, en lugar de trimestrales, pudiendo aplicarse estos, excepcionalmente, a los supuestos de jubilación por causa no imputable al trabajador en los supuestos de jubilación anticipada voluntaria cuando el trabajador esté percibiendo el subsidio de desempleo durante, al menos, tres meses.

Además, si la pensión teórica del trabajador es superior al límite máximo de la pensión de la Seguridad Social, los coeficientes reductores se aplicarán sobre la pensión respetando la limitación máxima prevista cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Habrá un período transitorio de 10 años computados desde el mes de enero de 2024 (sometido al cumplimiento de determinados requisitos).

También se regulará un sistema de penalizaciones para personas compelidas a jubilarse tras un despido. La reducción de la pensión oscilará entre el 0,5% y el 30%, en función de los meses en que se adelante la jubilación de hecho (entre 1 y 48: es decir, se puede llegar a los cuatro años) y del tiempo ya cotizado.

Incentivos para la jubilación demorada

Se establece la exención de la obligación de cotizar por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria, mejorándose los incentivos por la prolongación de la carrera profesional.

Opinión de las expertas

María José Morales

Responsable Dpto. Laboral en ECM Asesores & Consultores

La reforma del sistema de pensiones acordado entre Gobierno y agentes sociales, invalida las piezas claves de la reforma de pensiones de 2013: revalorización y sostenibilidad.

En cuanto a la revalorización, con la nueva reforma se vincula la subida anual de las pensiones a la subida del IPC, este es uno de los cambios más demandados y que más valoro positivamente ya que de esta forma no se pierde poder adquisitivo de este colectivo de población ¿Qué pasa si un año el IPC se negativo? Las pensiones quedarían ese año congeladas.

El factor sostenibilidad de la anterior reforma, que aplicaba un coeficiente reductor a las pensiones vinculado a la esperanza de vida, se ha ido posponiendo y finalmente será derogado no llegándose a aplicar, fue muy criticado ya que suponía un recorte importante en los importes de las pensiones: ¿Qué tenemos en su lugar? Sólo el compromiso de sustituirlo por otro coeficiente a priori más beneficioso para el pensionista.

Los otros pilares de la reforma son las penalizaciones a las jubilaciones anticipadas, que pasan de ser trimestrales a mensuales, y que aumentan progresivamente cuanto más nos alejemos de la fecha de jubilación, y los premios y bonificaciones por retrasar nuestro retiro.

En conclusión y como consejo, ojo a las jubilaciones anticipadas, que deben estudiarse minuciosamente para que la pensión no se vea sustancialmente reducida después de toda una vida cotizando, y valorar retrasar la jubilación siempre que nos sea posible y si con ello el importe nuestra pensión incrementa notablemente.

Mª Alba Sugrañes

Abogada en LAVER Consultores 

El Anteproyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, aprobado el 6 de junio de 2021, contempla disposiciones que afectan, entre otras cuestiones, a la edad de jubilación, cuantía de las pensiones, jóvenes en formación, mejora de las pensiones mínimas para personas solas, separación de fuentes, trabajadores agrarios, trabajadores autónomos, Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y factores de sostenibilidad del Sistema.

A pesar de que desde hace décadas se advierte de los problemas de sostenibilidad de la Seguridad Social y, en particular, del sistema público de pensiones, el momento actual tiene pocos precedentes porque en pocos años empezarán a acceder a la jubilación los integrantes de la generación más grande de nuestra historia, la del baby boom. Ello exige una respuesta ambiciosa y responsable por parte de nuestro legislador.

Este anteproyecto de ley se agrupa en dos bloques. El primero de ellos es el relativo a la revalorización de las pensiones con la consiguiente derogación del índice de revalorización por otro mecanismo. El segundo de ellos son las diversas medidas sobre el acceso a la pensión de jubilación con el objetivo de favorecer un progresivo alineamiento de la edad efectiva y de la edad ordinaria de jubilación.

En consecuencia, aquellos trabajadores que estén a la edad próxima de la jubilación, es recomendable que estudien su caso en particular, para evitar que el cambio legislativo les impacte negativamente.

Fuente: Emprendedores

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