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  • 23/01/2025

Consecuencias de la no convalidación del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre

Asesores Díaz & Díaz informa

La consecuencia principal es que las novedades y cambios introducidos por el Real Decreto-ley de fecha 22 de enero de 2025 ya no se encuentran vigentes.

Como ya sabrá, y así le hemos venido informando, el pasado 24 de diciembre de 2024 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, mediante el cual se adoptaron medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte y de Seguridad Social, además de prorrogar determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.

Sin embargo, en la sesión del Pleno del Congreso del 22 de enero de 2025, no se convalidó el Real Decreto-ley 9/2024. El texto fue derogado con 177 votos en contra, 171 a favor y una abstención.

Consecuencia principal:
Las novedades y cambios introducidos por el RD-ley 9/2024 a fecha 22 de enero de 2025 ya no se encuentran vigentes.

ATENCIÓN: Las medidas aprobadas en diciembre cesan automáticamente, pero los efectos producidos durante su vigencia no se anulan.

1. Medidas urgentes en materia fiscal y laboral

1.1 Medidas tributarias

Entre las principales medidas tributarias destacan:

  1. Elevación del límite para presentar declaración
    Se elevó de 1.500€ a 2.500€ el límite para la obligación de presentar declaración cuando se obtienen rendimientos del trabajo de más de un pagador.
  2. Prórrogas de deducciones
    Se prorrogaban las siguientes deducciones:

    • Por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
    • Por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como de puntos de recarga.
    • Por inversiones que utilicen energía renovable, con libertad de amortización.
  3. Límites del método de estimación objetiva
    Se establecían los límites para el método de estimación objetiva del IRPF y el simplificado del IVA.
  4. Imputación de rentas inmobiliarias
    Se determinaban las rentas inmobiliarias para los períodos impositivos 2023 y 2024.
  5. Coeficientes aplicables al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos
    Se fijaban los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en este impuesto.
  6. Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos
    Este impuesto entraría en vigor el 1 de abril de 2025.
  7. Régimen fiscal de competiciones deportivas
    Se introducía un régimen fiscal aplicable a las finales de la UEFA Champions League Femenina 2024 y de la UEFA Europa League 2025.

1.2 Medidas laborales

En el ámbito laboral, destacaron las siguientes medidas:

  1. Revalorización de pensiones
    Se incrementaban las pensiones contributivas y las de Clases Pasivas un 2,8% respecto a 2024, basado en la media del IPC interanual.
  2. Cuantías máximas y mínimas de pensiones
    • Límite máximo de pensiones públicas: 3.267,60€ mensuales o 45.746,40€ anuales.
    • Pensiones no contributivas: 7.905,80€ anuales.
    • Pensiones contributivas mínimas ajustadas según situación familiar y tipo de pensión.
  3. Cotización adicional de solidaridad
    Esta cotización se aplicaba a retribuciones superiores a la base máxima de cotización para trabajadores por cuenta ajena.
  4. Pluriactividad de autónomos
    Los autónomos podían solicitar el reintegro del 50% del exceso de cotización por contingencias comunes que superase los 16.672,66€, con un tope del 50% de las cuotas ingresadas.
  5. Protección al empleo
    • Las empresas que recibieran ayudas directas no podían justificar despidos por aumento de costes energéticos.
    • Se prohibían despidos por causas relacionadas con la guerra en Ucrania para empresas que usaran medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos con apoyo público.
  6. Prórroga del SMI
    El SMI para 2024 se prorrogaría hasta la aprobación del nuevo decreto para 2025, garantizando la continuidad del diálogo social.
  7. Aportación adicional en cotizaciones
    Se establecía una cotización del 0,80%, distribuida entre empresa (0,67%) y trabajador (0,13%).
  8. Reformas en cotización para autónomos
    No habría regularización de cuotas anuales para trabajadores con sistemas intercooperativos de prestaciones sociales.
  9. Adaptación a expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE)
    Las condiciones de mantenimiento de empleo se extenderían entre 6 meses y 2 años posteriores al ERTE.

Contacto:
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Asesores Díaz & Díaz

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