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  • 11/01/2022

Publicada la nueva ley en materia de pensiones

Tarinas Law & Economy informa

El pasado 1 de enero entró en vigor la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, conocida como la reforma de las pensiones.

Esta ley se caracteriza por introducir modificaciones en muchos ámbitos

En primer lugar, con esta nueva ley se pone énfasis en la revalorización de las pensiones; puesto que en virtud de la nueva redacción del artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social; se establece que las pensiones de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, se revalorizarán en función del valor medio del IPC.

En segundo lugar, se mantiene la obligación de cotizar en situación de incapacidad temporal, independientemente de cual sea su causa. En este caso, nace el derecho de las empresas a una reducción del 75% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de los trabajadores que hayan cumplido 62 años.

Por otro lado, se exime a las empresas y a los trabajadores de cotizar a la Seguridad Social por contingencias comunes una vez hayan alcanzado la edad para acceder a la jubilación. No obstante, esta exención no se aplica en los casos de incapacidad temporal derivada de dichas contingencias, respecto de los trabajadores por cuenta ajena y de los socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas.

Referente a la jubilación activa, se añade como requisito que el acceso a la pensión deberá haber tenido lugar al menos un año después de haber cumplido la edad ordinaria para la jubilación. Con anterioridad a la reforma, se establecía que el trabajo compatible podría realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial, mientras que la nueva ley añade que podrá realizarse por cuenta ajena o propia.

Seguir leyendo en Tarinas Law & Economy

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