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  • 09/04/2025

Hacienda amplía las obligaciones de información sobre cuentas, tarjetas y bizum

Tax Economistas y Abogados

El Real Decreto 253/2025, de 1 de abril, introduce cambios importantes en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio. Estas modificaciones, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2026, amplían las obligaciones de las entidades financieras en cuanto a la información sobre cuentas bancarias, tarjetas y plataformas de pago móvil como Bizum.

¿Cuál es su objetivo?

El objetivo es intensificar el control sobre las operaciones financieras de autónomos y empresarios, con el fin de reducir la evasión fiscal y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

¿Cuáles son las principales novedades?

Una de las novedades más relevantes es la eliminación del umbral de 3.000 euros, que anteriormente obligaba a las entidades financieras a informar a la Agencia Tributaria solo sobre cobros superiores a esa cantidad recibidos por autónomos y empresarios a través de pagos electrónicos. Con la nueva normativa, los bancos deberán reportar todas las transacciones comerciales realizadas por estos profesionales, independientemente del importe, incluyendo aquellas realizadas a través de Bizum u otras plataformas de pago móvil.

En cuanto a los particulares, se establece que las entidades financieras deberán informar anualmente sobre los movimientos realizados con tarjetas bancarias cuando el total anual supere los 25.000 euros. Esta obligación se aplica a todo tipo de tarjetas, incluidas las de crédito, débito, prepago y virtuales.

Además, la periodicidad de la información sobre cuentas bancarias también se modifica, obligando a las entidades a remitir mensualmente los datos de las cuentas de los residentes en España, incluyendo información sobre los titulares, representantes autorizados, beneficiarios, así como los saldos finales y medios del año.

Respecto a los movimientos en efectivo, se mantiene la obligación de informar cualquier operación de disposición de fondos que supere los 3.000 euros, pero ahora también se extiende a las entidades de pago y compañías extranjeras que operen en España, ampliando así el alcance de la supervisión fiscal.

¿Qué implican estas nuevas obligaciones para autónomos y empresarios?

Las nuevas normativas implican una mayor responsabilidad en la gestión de sus transacciones comerciales. Es fundamental que los autónomos y empresarios incluyan todos los cobros recibidos a través de Bizum y otras plataformas de pago móvil en su declaración de impuestos, para evitar regularizaciones y sanciones que podrían alcanzar hasta el 150% de lo defraudado.

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