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  • 16/07/2024

EL REGLAMENTO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL: ¿QUÉ MEDIDAS CONTEMPLA?

Tax Economistas y Abogados informa

El 12 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento que regula la inteligencia artificial y establece una serie de obligaciones para la IA en función de sus riesgos potenciales y su nivel de impacto.

Objetivo del reglamento

El objetivo principal del Reglamento es mejorar el funcionamiento del mercado interior y promover la adopción de una inteligencia artificial centrada en el ser humano y fiable. A la vez, busca garantizar un elevado nivel de protección de la salud, la seguridad y los derechos fundamentales, como la democracia, el Estado de Derecho y la protección del medio ambiente, frente a los efectos perjudiciales de los sistemas de IA en la Unión Europea, así como apoyar la innovación.

Entrada en vigor del reglamento

El Reglamento entrará en vigor 20 días después de su publicación en el DOUE y se aplicará a partir del 2 de agosto de 2026 con las siguientes excepciones:

  • Los capítulos I y II serán aplicables a partir del 2 de febrero de 2025.
  • El capítulo III, sección 4, el capítulo V, el capítulo VII, el capítulo XII y el artículo 78 serán aplicables a partir del 2 de agosto de 2025, excepto el artículo 101.
  • El artículo 6, apartado 1, y las obligaciones correspondientes serán aplicables a partir del 2 de agosto de 2027.

Como se trata de un Reglamento, su aplicación es directa en todos los Estados miembros sin necesidad de transposición.

Definición de “sistema de IA”

El Reglamento define un “sistema de IA” como un sistema basado en una máquina diseñado para operar con distintos niveles de autonomía, capaz de adaptarse tras su despliegue y que, con objetivos explícitos o implícitos, infiere de la información de entrada la manera de generar resultados de salida, tales como predicciones, contenidos, recomendaciones o decisiones, que pueden influir en entornos físicos o virtuales.

Ámbito de aplicación laboral

El Reglamento no afecta a las disposiciones destinadas a mejorar las condiciones laborales en el trabajo en plataformas digitales establecidas en una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo.

El Reglamento busca reforzar la eficacia de los derechos y vías de recurso vigentes mediante el establecimiento de requisitos y obligaciones específicos en cuanto a transparencia, documentación técnica y conservación de registros de los sistemas de IA. Las obligaciones para los operadores en la cadena de valor de la IA se aplican sin perjuicio del Derecho nacional que, conforme al Derecho de la Unión, limite el uso de ciertos sistemas de IA por objetivos legítimos de interés público distintos a los del Reglamento. Así, no afecta al derecho laboral nacional ni a la protección de menores según la Observación general n.o 25 (2021) de la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU.

Medidas en materia laboral

El Reglamento prohíbe la introducción en el mercado, la puesta en servicio y el uso de sistemas de IA destinados a detectar el estado emocional de las personas en situaciones laborales y educativas, excepto aquellos con fines médicos o de seguridad. Las relaciones contractuales laborales deben incluir a empleados y personas que prestan servicios a través de plataformas.

Los sistemas de IA en el ámbito laboral pueden perpetuar patrones de discriminación histórica contra mujeres, ciertos grupos de edad, personas con discapacidad o de orígenes raciales o étnicos específicos, y personas con diversas orientaciones sexuales. Además, pueden afectar los derechos a la protección de datos personales y la intimidad.

Por lo tanto, se consideran de alto riesgo los siguientes sistemas de IA en el ámbito laboral:

  • Selección de personal: Sistemas de IA para contratación o selección de personas, análisis y filtrado de solicitudes de empleo, y evaluación de candidatos.
  • Decisiones laborales y extinción de contratos: Sistemas de IA para tomar decisiones que afecten las condiciones laborales, promoción o rescisión de contratos, asignación de tareas y evaluación del rendimiento y comportamiento laboral.
  • Reconocimiento de emociones en el lugar de trabajo: Prohibición de sistemas de IA para detectar el estado emocional en el lugar de trabajo y ámbito educativo, salvo para usos estrictamente médicos o de seguridad.
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Tax Economistas y Abogados

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