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  • 15/07/2025

¿Tu empresa está fuera de España? Hacienda podría verla dentro… y negarte la devolución del IVA

Gabinet Assessor Empresarial, S.L.

Gabinet Assessor Empresarial, S.L. informa

En fiscalidad, las apariencias engañan. Una estructura empresarial perfectamente legal sobre el papel puede resultar ineficaz —o incluso peligrosa— si no se corresponde con la realidad operativa. Así lo confirma una reciente resolución del TEAC (25 de abril de 2025), que ha servido de aviso a navegantes: tener una filial en España sin verdadera autonomía puede convertir a tu empresa extranjera, a efectos del IVA, en una “establecida” en territorio nacional.

El caso: devolución de más de 7,8 millones de euros en juego

Una compañía extranjera, TW RH, solicitó la devolución de más de 7,8 millones de euros de IVA soportado en España. Sin embargo, la Agencia Tributaria rechazó la petición con un argumento claro: “Usted no es un no establecido. Usted opera desde aquí”.

El motivo de fondo no era formal, sino sustancial. La filial española, TW SL, actuaba en la práctica como un mero apéndice de la matriz:

  • Solo vendía productos previamente pedidos por la casa matriz.

  • No asumía riesgos económicos o comerciales relevantes.

  • Seguía instrucciones precisas en precios, marketing y estrategia.

  • Operaba con recursos humanos y técnicos puestos a disposición por la matriz extranjera.

En consecuencia, la relación entre ambas entidades carecía de autonomía operativa real, lo que llevó al TEAC a confirmar que existía un “establecimiento permanente” en España a efectos del IVA. Y, por tanto, la devolución solicitada fue denegada.

¿Por qué es tan relevante este criterio?

A efectos del IVA, no es lo mismo ser un “no establecido” en el país que operar como si lo estuvieras. Las empresas extranjeras que actúan desde el extranjero pueden solicitar la devolución del IVA soportado en España (modelo 360), siempre que no tengan presencia efectiva. Pero si Hacienda considera que están realmente establecidas —aunque sea a través de una filial sin autonomía— se les aplica otro régimen, sin derecho a esa devolución directa.

Claves para evitar este riesgo

Estas son algunas recomendaciones esenciales:

  • No te fíes únicamente de los contratos y estructuras formales. Hacienda analiza la realidad económica y el funcionamiento operativo.

  • Evalúa la autonomía de tu filial: ¿toma decisiones estratégicas? ¿asume riesgos? ¿gestiona sus recursos con independencia?

  • Revisa quién controla los medios de producción, personal y tecnología: si todo depende de la matriz, podrías estar en zona de riesgo.

  • Rediseña tu modelo si es necesario. Una estructura fiscal mal diseñada puede costarte millones en IVA no recuperado.

¿Qué puedes hacer?

Si tienes presencia en España a través de una filial o colaborador, te recomendamos revisar en profundidad tu modelo de negocio, los contratos intersocietarios y la operativa diaria. El objetivo no es solo cumplir, sino evitar interpretaciones agresivas por parte de la Agencia Tributaria.

En nuestro despacho profesional, ayudamos a grupos internacionales a diseñar estructuras seguras y eficientes desde el punto de vista fiscal, adaptadas a la normativa española y europea.


¿Te resulta familiar este caso? ¿Tienes dudas sobre tu situación actual?
Hablemos. Te ayudamos a proteger tu negocio.

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Gabinet Assessor Empresarial, S.L.

Despacho especializado en asesoría de empresas.

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