Cada vez son más las personas que se animan a traer su coche del extranjero, aunque los trámites administrativos y fiscales no siempre resultan tan sencillos como parecen. Importar un vehículo no consiste únicamente en comprarlo y trasladarlo; detrás hay aduanas, impuestos, ITV y una serie de gestiones que conviene conocer bien para evitar sorpresas.
En los últimos años se escuchan cada vez más casos de particulares que deciden importar un coche. Las razones son variadas: a veces se trata del capricho de un modelo que no se vende en España, otras veces de la percepción de que fuera puede encontrarse a mejor precio, y en muchos casos por un cambio de residencia. Ahora bien, conviene tener presente algo importante: importar un coche no se limita a comprarlo y traerlo en un barco o un camión. Hay pasos, plazos e impuestos que deben cumplirse para no llevarse un susto posterior.
Lo que hay detrás del proceso
El primer paso es contar con el documento más básico: la factura o el contrato de compraventa. Puede parecer algo evidente, pero sin ese documento ni siquiera se abre la puerta en la Aduana.
A continuación llega el filtro más importante: la Aduana. Si el coche proviene de fuera de la Unión Europea, hay que pagar. Concretamente, un arancel del 10 % sobre el valor del vehículo y un IVA del 21 % calculado sobre el precio del coche, el arancel y el transporte. Sin rodeos: si no se liquida, el coche no entra. Solo después de haber pagado se obtiene el DUA, que actúa como el pasaporte del vehículo.
El tercer paso es pasar la ITV. En esta revisión se comprueba que el vehículo cumple con lo que exige la normativa española en materia de seguridad y medio ambiente. Si se dispone de un certificado de conformidad (COC) emitido por el fabricante, el trámite será mucho más rápido. En caso contrario, será necesario realizar una homologación individual, lo que puede retrasar bastante la matriculación definitiva.
No hay que olvidar tampoco los impuestos posteriores. El Impuesto de Matriculación (IEDMT), que se paga en Hacienda salvo algunas exenciones concretas, y el Impuesto de Circulación (IVTM), de carácter municipal. A ellos se añaden las tasas de Tráfico, el seguro obligatorio y, en caso de recurrir a una gestoría, sus correspondientes honorarios.
Finalmente, el último paso es acudir a la Dirección General de Tráfico (DGT). Allí se solicita la matrícula definitiva, se abonan las tasas correspondientes y se obtienen las placas que permitirán circular legalmente en territorio español. Solo en ese momento el coche puede ponerse en la carretera con todas las garantías.
Cosas que conviene tener en mente
- Circular sin matrícula española está prohibido. Como máximo puede solicitarse una matrícula temporal con validez de dos meses, prorrogable en algunos casos.
- El impuesto de matriculación debe abonarse en los 30 días hábiles siguientes a la importación del vehículo. Hacienda no da tregua en este punto.
- El precio final suele ser bastante más alto de lo previsto inicialmente. No se trata solo del valor del coche: hay que sumar transporte, arancel, IVA, ITV, tasas, seguro y otros gastos adicionales.
- Si el vehículo no dispone de certificado de conformidad, la homologación individual puede alargar el proceso varias semanas o incluso meses, con el consiguiente aumento de costes.
Para cualquier duda o aclaración relacionada con este tipo de operaciones, pueden ponerse en contacto con Asesores Díaz & Díaz, que les orientará sobre los pasos, la documentación y las obligaciones fiscales necesarias para importar un vehículo con todas las garantías legales.