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  • 28/05/2025

Nuevas medidas contra los grandes deudores fiscales

Tax Economistas y Abogados

Tax Economistas y Abogados informa

La Agencia Tributaria refuerza sus acciones contra morosos con deudas superiores a 600.000 €, desplegando un plan contundente para atajar a los grandes deudores fiscales en España.

Además de los grandes deudores, también estarán bajo vigilancia los contribuyentes considerados “de riesgo”, aunque sus deudas no superen los 600.000 €. En este grupo se incluyen quienes acumulan incidentes frecuentes con Hacienda o desatienden de forma sistemática sus requerimientos.

¿En qué consiste la campaña?
Se prevé el bloqueo temporal de cuentas bancarias y tarjetas de crédito para quienes figuren en la denominada lista negra, formada principalmente por personas físicas y jurídicas con saldos pendientes superiores a 600.000 €.

¿Cuál es el propósito?

Aumentar el control de movimientos financieros irregulares y perseguir a quienes no atendieron los avisos previos de la Agencia Tributaria.

¿Qué implica estar en la lista negra de Hacienda?
Los afectados verán sus operaciones bancarias paralizadas: no podrán realizar transferencias, ingresos ni pagos, y sus tarjetas de débito y crédito quedarán inutilizadas.

Las tarjetas asociadas a estas cuentas dejarán de funcionar, impidiendo transacciones habituales o pagos programados. Esto puede desencadenar incumplimientos en cadena de otras obligaciones económicas.

¿Qué criterios se siguen para incluir en la lista de deudores?

El principal es cuantitativo: se establece el umbral de 600.000 € como punto de corte para la inclusión automática en el registro de grandes deudores. Además, la reincidencia en conductas evasivas, el historial de impagos y una actitud obstruccionista ante los requerimientos son factores que clasifican a un contribuyente como “de riesgo”, incluso si su deuda es inferior al límite fijado.

¿Cómo evitar las medidas coercitivas?

  • Regularizar la deuda cuanto antes, bien abonándola por completo o solicitando aplazamientos o fraccionamientos que acrediten la voluntad de pago.

  • Atender puntualmente los requerimientos y notificaciones de la Agencia Tributaria; ignorarlos se interpreta como resistencia y acelera la adopción de medidas drásticas. En caso de desacuerdo con liquidaciones o sanciones, conviene recurrir legalmente en lugar de optar por la omisión.

  • Mantener una vía de comunicación abierta con Hacienda, especialmente si hay dificultades de cumplimiento. La transparencia y la predisposición al diálogo suelen atenuar la aplicación de las medidas más severas.

¿Qué hacer si tus cuentas ya están bloqueadas?

  1. Abonar la deuda pendiente, lo que normalmente levanta las restricciones de forma inmediata.

  2. Negociar un plan de pagos realista, aceptable para la Agencia Tributaria.

  3. Acogerse a un procedimiento concursal, bajo supervisión judicial, para reestructurar deudas, incluidas las tributarias.

  4. Impugnar el bloqueo si existen indicios de irregularidades en la aplicación de la medida o circunstancias excepcionales que justifiquen un trato diferenciado.

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Tax Economistas y Abogados

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