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  • 26/11/2025

Factura intracomunitaria: ¿siempre está exenta de IVA?

MZG Asesores

MZG Asesores informa

Las operaciones comerciales dentro de la Unión Europea (UE) ofrecen numerosas oportunidades para empresas y autónomos. Sin embargo, es esencial comprender las implicaciones fiscales, sobre todo en lo que respecta al IVA, para evitar errores y sanciones.

 

¿Qué son las facturas intracomunitarias?

 

Las facturas intracomunitarias son aquellas que documentan operaciones de compraventa de bienes o servicios entre empresas o autónomos establecidos en distintos países de la UE.

 

¿Cuándo lleva IVA una factura intracomunitaria?

 

Las facturas intracomunitarias están exentas de IVA, siempre que se den algunas condiciones. Vamos a detallarlo más:

  • La empresa debe estar dada de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). Así obtiene el NIF-IVA, necesario para realizar operaciones intracomunitarias y emitir facturas de IVA.
  • La venta se realiza a un autónomo o negocio dentro de la Unión Europea (B2B). En este caso, las facturas intracomunitarias no incluyen IVA. Pero ¡recuerda! El comprador y el vendedor deben estar dados de alta en el ROI para que no se aplique el impuesto.

 

Si realizas una venta, por ejemplo, desde España, tienes que indicar en la factura la mención de inversión del sujeto pasivo. Esto quiero decir que el comprador es quien debe autorrepercutirse el IVA en su país. 

¿Qué ocurre si el vendedor no comprueba que el comprador está dado de alta en el ROI y emite la factura sin IVA? En esta situación, el vendedor es quien debe hacerse cargo el IVA. Para no caer en este error, te recomendamos consultar la validación del número de IVA en VIES antes de realizar una transacción.

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MZG Asesores

La firma MZG Asesores es especialista en consultoría fiscal, laboral y jurídica de empresas.

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Calle Aguacate 41, edificio A2 P2 L8
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Tel.: +34 91 565 09 04
Móvil: +34 673 395 095

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