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  • 20/10/2025

Código QR obligatorio en facturas paso a paso

Ayuda T Pymes

Ayuda T Pymes informa

Entre todas las novedades en materia de facturación, una de las que más llama la atención es la inclusión del código QR en las facturas. Puede parecer complicado, pero en realidad no lo es tanto.

Además de ser un requisito normativo, este código puede facilitar la vida tanto a ti como a tus clientes, agilizando los procesos y mejorando la gestión documental. Así que nada de agobios: aquí te explicamos cómo hacerlo de forma sencilla.

¿Para qué sirve el código QR en las facturas?

El código QR (Quick Response Code) permite almacenar información de forma rápida y eficiente.
Al escanearlo con un dispositivo móvil, el usuario accede a los datos de la factura y puede verificar su autenticidad ante Hacienda.

El tamaño del QR debe oscilar entre 30×30 y 40×40 milímetros y cumplir las especificaciones de la norma ISO/IEC 18004.
Este código no contendrá información sensible, sino únicamente los datos necesarios para garantizar la veracidad de la factura y el cumplimiento fiscal.

Su implementación permitirá que tanto la Agencia Tributaria como los ciudadanos puedan comprobar en tiempo real la autenticidad de las facturas, facilitando la detección de irregularidades y simplificando la gestión administrativa.

En definitiva, la Agencia Tributaria espera con este sistema dar un golpe decisivo al fraude fiscal, dificultando el uso de sistemas de doble contabilidad.

Facturas con código QR obligatorio

Las empresas deberán adaptar sus sistemas de facturación antes del 1 de julio de 2025, según lo establecido en el Real Decreto 1007/2023.
La disposición final de esta norma regula la entrada en vigor de las modificaciones previstas para los programas de facturación.

El decreto está en vigor desde diciembre de 2023, pero contempla dos fechas clave:

  • Fabricantes y distribuidores de software: disponen de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial de Hacienda para adaptar sus programas e incluir la generación de códigos QR.
  • Autónomos y empresas usuarias: deberán emitir todas sus facturas con código QR a partir del 1 de julio de 2025.

¿Quién está obligado a incluir códigos QR?

El reglamento distingue claramente entre dos grupos:

  • Fabricantes y distribuidores: deberán ofrecer programas que permitan la emisión de facturas electrónicas con código QR.
  • Empresas y autónomos que facturen a profesionales o empresas: estarán obligados a incluir el QR con los datos básicos de la factura.

¿Cómo se obtiene el QR de una factura?

El código QR debe situarse al inicio de la factura, antes del contenido principal.
En formato vertical, irá en la parte superior, preferiblemente centrado o en el margen izquierdo.
En formato horizontal, se colocará en el margen superior izquierdo o centrado respecto a los márgenes.

Su ubicación debe ser visible y fácilmente distinguible de otros elementos o códigos.
Si la factura incluye logos o elementos preimpresos, el QR será el primer elemento generado por el software.

Solo debe aparecer una vez por factura, en la primera página.
El receptor podrá escanearlo desde cualquier dispositivo con cámara. Aunque no es obligatorio, la AEAT recomienda usar su propia aplicación para garantizar la validez del código.

El QR se genera automáticamente al emitir y enviar la factura.

Qué datos contiene el QR

Al escanear el QR se muestran los siguientes datos:

  • URL de acceso al servicio donde se muestran los datos del comprobante.
  • Folio fiscal del comprobante.
  • RFC del emisor y del receptor.
  • Total del comprobante.
  • Ocho últimos caracteres del sello digital del emisor.

¿Qué ocurre si una factura no tiene código QR?

Aunque actualmente no hay una sanción específica por omitir el QR, esta práctica puede considerarse infracción grave dentro de la Ley Antifraude.
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria sanciona la fabricación, distribución o uso de programas informáticos que no cumplan los requisitos exigidos.

Las sanciones pueden ser elevadas:

  • Fabricantes y distribuidores: multa de hasta 150.000 € por ejercicio económico.
  • Usuarios o empresas: multa de hasta 50.000 € por ejercicio si utilizan programas no certificados.

Conclusión

Para cumplir con la normativa y evitar sanciones, es fundamental utilizar un software de facturación homologado y adaptado a las nuevas exigencias, como AON.
De este modo, tus facturas serán verificables, cumplirás con las obligaciones legales y evitarás posibles sanciones económicas.

Si tienes alguna duda Ayuda T Pymes te asesorará.

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