Saltar al contenido
Linkedin X-twitter Instagram Tiktok Facebook Youtube
  • info@prodespachos.com
  • 93 319 58 20
Buscar
  • Directorio
    • Despachos
    • Empresas
  • Actualidad
    • Artículos
    • Noticias
    • Podcast
    • Eventos
    • Vídeos
  • Publicaciones
    • Anuario Jurídico
    • Revista Emprendedores
    • News ProDespachos
  • Entrevistas
  • Qué ofrecemos
  • Nosotros
  • Contacto
  • Directorio
    • Despachos
    • Empresas
  • Actualidad
    • Artículos
    • Noticias
    • Podcast
    • Eventos
    • Vídeos
  • Publicaciones
    • Anuario Jurídico
    • Revista Emprendedores
    • News ProDespachos
  • Entrevistas
  • Qué ofrecemos
  • Nosotros
  • Contacto
Premios 2025
Registra tu despacho
  • 24/05/2020

Caso práctico: COVID-19. Aplazamiento de pago de impuestos siendo el importe a pagar de 59.000€ ¿Puede pagar ahora 29.000€ y pedir el aplazamiento por los 30.000€ restantes?

Planificación Jurídica

A continuación, exponemos la solución al caso práctico planteado al Servicio de Consultas de Planificación Jurídica en colaboración con ProDespachos, sobre el aplazamiento de pago de impuestos a raíz del COVID19.

CASO PLANTEADO

La Agencia Estatal de la Administración Tributaria permite el aplazamiento de pago de impuestos con dispensa total o parcial de garantías a las deudas tributarias correspondientes a liquidaciones y autoliquidaciones el plazo de presentación de las cuales e ingreso finalice desde el 13 de marzo hasta el 30 de mayo de 2020, los dos inclusivamente, que se soliciten por las personas o entidades con un volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en 2019, con las siguientes características:

  • Cuantía inferior a 30.000 euros.
  • Se permite el aplazamiento de las deudas derivadas de retenciones e ingresos por anticipado, tributos repercutidos y pagos fraccionados en el Impuesto sobre sociedades.
  • El aplazamiento se concederá por seis meses.
  • No se reportarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.

En el caso de una empresa que está al corriente de pago de todos sus impuestos y no piensa en solicitar ningún aplazamiento de pago de impuestos más que el del IRPF (modelo 111), siendo el importe a pagar de 59.000€ ¿Puede pagar ahora 29.000€ y pedir el aplazamiento por los 30.000€ restantes?

SOLUCIÓN

Efectivamente tal como establece el artículo 14 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, se puede solicitar el aplazamiento de las deudas tributarias en los términos y condiciones que se describen en el cuerpo de la consulta.

En particular, se podrá solicitar el aplazamiento del modelo 111 hasta un importe “inferior” a 30.000 euros, efectuando el pago restante en el plazo de liquidación.

Normativa aplicada

  • Real Decreto-ley 7/2020, artículo 14.
Loading...
Loading...

Aumenta la visibilidad y reputación de tu despacho profesional

Formar parte de este portal es una garantía de calidad y de confianza

Quiero formar parte

Suscríbete a nuestra NEWS

Llegamos mensualmente a más de 80.000 empresas de todo el territorio español8

Artículos relacionados

Mantente al día con las últimas tendencias y noticias del ámbito legal.

Automatización de nóminas y gestión del tiempo

Leer más »

Bizum para empresas: Qué es, cómo funciona y ventajas

Leer más »

Demanda por despido: ¿es necesario acompañar siempre la carta de despido?

Leer más »
Ver más

Mejora tu Visibilidad. Únete ahora a ProDespachos

Solicitar registro

ProDespachos.com es el portal de las mejores firmas profesionales de España. Nuestros servicios están destinados a que los profesionales y sus firmas puedan conseguir mayor visibilidad y oportunidades de negocio.

DIRECTORIO

  • Despachos Profesionales
  • Empresas
  • Registrar mi despacho
  • Registrar mi empresa

NAVEGACIÓN

  • Actualidad
  • Podcast
  • Entrevistas
  • Eventos

ENLACES

  • Contacto
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
  • Sitemap

Prodespachos.com © 2025 Todos los derechos reservados