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El pasado 10 de octubre de 2024 entró en vigor el Real Decreto 1026/2024, que desarrolla las medidas para garantizar la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en el ámbito laboral, siguiendo lo establecido en la Ley 4/2023. Este decreto introduce una serie de obligaciones para las empresas, especialmente aquellas con más de 50 empleados. A continuación, te explicamos en detalle los puntos más importantes para cumplir con esta nueva normativa.
Ámbito de Aplicación: ¿A quién afecta el Real Decreto?
Este Real Decreto es obligatorio para todas las empresas con 51 o más empleados. Estas empresas deben implementar un conjunto de medidas planificadas que garanticen la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI y establecer un protocolo para prevenir y actuar frente al acoso o la violencia contra este colectivo.
Para empresas con 50 empleados o menos, la implementación de estas medidas es voluntaria.
Además, esta normativa afecta a todos los trabajadores cedidos por ETTs, y cubre a cualquier persona que trabaje en la empresa, independientemente del tipo de contrato o vínculo laboral.
Proceso de Negociación: Pasos y Plazos
Las empresas tienen un plazo de 3 meses desde el 10 de octubre de 2024 para iniciar la negociación de estas medidas. El proceso varía según la situación de la empresa:
- Si hay convenio colectivo, las medidas deben negociarse dentro de ese marco.
- Si no hay convenio colectivo pero sí RLT (Representación Legal de los Trabajadores), las medidas se negociarán con la RLT.
- Si no hay ni convenio ni RLT, se deberán negociar comisiones con los sindicatos representativos del sector, y se cuenta con 6 meses para constituir la comisión negociadora.
En caso de que no se llegue a un acuerdo en 3 meses, se aplicarán las medidas estándarestablecidas en el Anexo I del Real Decreto.
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