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  • 28/01/2021

¿Qué ayudas tienen actualmente los autónomos?

Tax

Tax informa

El Consejo de Ministros ha aprobado las cuatro nuevas modalidades de la prestación por cese de actividad que se podrán pedir a partir del 1 de febrero. Además, se facilita el acceso a la prestación eliminando varios requisitos, quedando de la siguiente manera:

  • El primero es que no es necesario haber solicitado antes la prestación.
  • Se baja del 75% al 50% el nivel de pérdidas que hay que acreditar para acceder al cese de actividad.
  • Se reformulan las condiciones para permitir que se beneficien de la prestación los autónomos de temporada, que hasta ahora no podían acceder.

Modalidades de la prestación por cese de actividad:

1.- Prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión/cierre de toda la actividad a consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus COVID-19.

El autónomo afectado tendrá que solicitar la prestación en un plazo de 21 días desde que se decretó el cierre (no se incluyen las reducciones de aforo, solo el cierre total). Esta prestación se tendrá que pedir, como hasta ahora, a través de la mutua.

En estos casos, el autónomo cobrará el 50% de la base mínima de cotización (unos 472,2 euros/mes) y estará exento de pagar la cuota a la Seguridad Social hasta el día del mes siguiente en el cual se levante el cierre.

Está cantidad se incrementará un 20% si el autónomo tienen reconocida la condición de familia numerosa y los únicos ingresos de la unidad familiar o análoga provienen de la actividad que ha sido suspendida.

2.- La prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia

Esta modalidad está pensada para cubrir aquellos autónomos que no han conseguido recuperar los niveles de actividad de su negocio y no tienen previsto que esto ocurra en los próximos meses. Para acceder a la prestación hay que cumplir dos requisito:

  • Haber cotizado como mínimo 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de la prestación por cese de actividad.
  • Que su facturación haya bajado un 50% entre el primer semestre de 2021 en comparación con respeto el segundo semestre de 2019 (el primer semestre de 2021, los rendimientos netos del autónomo que solicite esta modalidad de cese de actividad no tienen que superar los 7.980 euros.)

Esta modalidad se podrá solicitar desde el 1 al 21 de febrero y podrán cobrar el 70% de la base de cotización. El trabajador por cuenta propia no está exento de pagar la cuota de autónomo, sino que se le devuelve cuando recibe la prestación de la mutua.

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