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  • 10/12/2020

Limitación del alquiler de las viviendas en Cataluña

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Tarinas informa

El pasado 30 de septiembre de 2020 entró en vigor la Ley 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda; con efecto directo sobre 60 municipios catalanes, incluidas las cuatro capitales de provincia.

Como su nombre indica, se trata de un Ley que interviene en el sector del alquiler de viviendas de Cataluña; limitando la renta que pueden cobrar los arrendadores según la zona y el municipio donde se ubique el inmueble.

1. Ámbito de aplicación de la Ley

Esta normativa afecta solo a los arrendamientos de vivienda destinados a residencia permanente que se suscriban o se renueven a partir de la entrada en vigor de la Ley; siempre que el inmueble arrendado esté situado en un área que haya sido declarada “área con mercado de vivienda tenso”.

Son áreas con mercado de vivienda tenso los municipios o partes de este que están especialmente en riesgo de no disponer de la suficiente dotación de viviendas de alquiler, a un precio asequible que permita acceder a las mismas a toda la población. La Ley aprobada por la Generalitat ha declarado como tales 60 municipios. Sin embargo, teniendo en cuenta el carácter de urgencia de esta normativa, esta declaración tendrá una duración de 1 año; pudiéndose modificar las poblaciones afectadas una vez transcurrido este plazo.

A pesar de lo anteriormente expuesto, quedan excluidos de la aplicación los contratos sujetos a regímenes especiales de determinación de la renta y, en cualquier caso, los suscritos antes del 1 de enero de 1995; los que tienen por objeto viviendas sujetas a un régimen de protección oficial o los de carácter asistencial, entre otros.

2. Los criterios para determinar la renta inicial del alquiler.

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