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  • 24/05/2022

La TGSS aclara cómo deben aplicarse las bonificaciones en la cotización de los contratos de sustitución  

Key Iberboard

Key Iberboard informa

La TGSS ha publicado un nuevo BNR en el que informa de la aplicación de las bonificaciones en la cotización de los contratos de sustitucióniniciados antes de la ausencia del trabajador sustituido y de las exenciones aplicables a los ERTE y al Mecanismo RED. Informa además de la inclusión en el Sistema de Liquidación Directa del Régimen Especial de la Minería del Carbón y de la identificación de los contratos de duración determinada del personal laboral docente e investigador de las universidades

NOTICIAS RED

A través del BNR 6/2022, la TGSS informa de las siguientes cuestiones:

  1. La aplicación de las bonificaciones en la cotización de los contratos de sustitución iniciados antes de la ausencia del trabajador sustituido, con un máximo de 15 días, debe solicitarse a través de CASIA -Trámite, materia Afiliación, categoría Variación de datos de trabajadores por cuenta ajena, subcategoría “contratos de sustitución”.

El incentivo resulta aplicable desde el inicio del contrato de sustitución, tanto respecto del trabajador sustituto, como del trabajador sustituido, aunque en el momento de inicio del contrato de sustitución éste último no haya iniciado el periodo de descanso, siempre con un máximo de 15 días;

Para acceder al incentivo desde el inicio del contrato de sustitución, se deberá aportar por CASIA:

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Despacho

Key Iberboard

La firma Key Iberboard cuenta con más de 40 años dedicados a su gran especialidad: derecho laboral y contable fiscal, aunque también ofrece asesoramiento mercantil.

elvira.arcos@keyiberboard.com

Avenida de Burgos, 12
28036 – Madrid
Telf. +34 91 561 14 22

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