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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado la legalidad de una resolución de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo que acordó la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de una vivienda destinada al alojamiento turístico; vivienda que se encontraba ubicada en un edificio en régimen de propiedad horizontal.
Dicha Comunidad de Propietarios interpuso un recurso contencioso-administrativo frente a la mencionada resolución porque los Estatutos de la Comunidad prohibían ejercer actividades profesionales, empresariales, mercantiles o comerciales en los inmuebles del edificio. Así, entendían que la actividad desarrollada a través de la vivienda de uso turístico tenía un claro carácter empresarial o profesional y este uso estaba prohibido en los Estatutos.
No obstante, el recurso interpuesto por la Comunidad fue desestimado por los motivos que expondremos a lo largo del presente artículo.
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