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  • 13/03/2026

Éstas son las fechas clave de la campaña de Renta y Patrimonio 2025

Tax Economistas y Abogados

Tax Economistas y Abogados informa

Fechas clave de la campaña de Renta y Patrimonio 2025

La Agencia Tributaria ya ha publicado en su página web el calendario oficial de la campaña de Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2025. Estas son las principales fechas que conviene tener en cuenta para presentar la declaración correctamente.

Calendario de la campaña:

Del 8 de abril al 30 de junio de 2026
Presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2025.

Del 6 de mayo al 30 de junio de 2026
La Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración de Renta 2025 por teléfono.
Solicitud de cita previa: del 29 de abril al 29 de junio.

Del 1 de junio al 30 de junio de 2026
La Agencia Tributaria también podrá elaborar la declaración de forma presencial en sus oficinas.
Solicitud de cita previa: del 29 de mayo al 29 de junio.

Importante: el plazo de presentación de declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación bancaria finaliza el 25 de junio de 2026.

¿Quién está obligado a presentar la declaración de la renta?

Con carácter general, no existe obligación de presentar la declaración cuando se obtienen rendimientos del trabajo procedentes de un único pagador y los ingresos anuales no superan los 22.000 euros.

Tampoco será obligatorio cuando haya más de un pagador si la suma percibida del segundo y restantes no supera los 1.500 euros.

En caso de existir varios pagadores, el límite para quedar exento de presentar declaración se sitúa en 15.876 euros anuales.

Importante para personas autónomas

Desde el 1 de enero de 2023, todas las personas que hayan estado dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en algún momento del año están obligadas a presentar la declaración de la renta, con independencia del nivel de ingresos obtenido.

Principales novedades e incentivos en la Renta 2025

Rentas del capital. Se ha incorporado un nuevo tramo en la escala del ahorro. Las ganancias patrimoniales y dividendos que superen los 300.000 euros anuales tributarán al 30%, lo que supone dos puntos más respecto al tipo máximo anterior. Los tramos inferiores se mantienen, comenzando en el 19% para los primeros 6.000 euros.

Deducción para rentas del trabajo bajas. Las personas trabajadoras cuyos ingresos no superen el Salario Mínimo Interprofesional de 2025 (16.576 euros) y que no obtengan otras rentas no exentas superiores a 6.500 euros podrán aplicar una deducción de 340 euros en su declaración.

Cuando los ingresos del trabajo se sitúan entre 16.576 y 18.276 euros, la deducción se reduce de forma progresiva, disminuyendo 20 euros por cada 100 euros adicionales que superen el SMI.

Deducciones vinculadas a la transición energética

A pesar de la derogación del Real Decreto-ley 2/2006 el pasado 26 de febrero, las deducciones relacionadas con la transición energética —como la instalación de puntos de recarga, la adquisición de vehículos eléctricos o las obras de mejora de eficiencia energética en viviendas— podrían mantenerse vigentes en 2025.

Este criterio se apoya en la interpretación publicada por la Agencia Tributaria en su nota informativa de 21 de marzo de 2025.

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