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  • 11/03/2026

El SMI 2026 deja de tributar en el IRPF

Asesores Díaz & Díaz

Asesores Díaz & Díaz informa

Ajuste en el IRPF para evitar que el SMI tribute en 2026

La subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 llega acompañada de un ajuste relevante en el IRPF que pretende evitar que las personas que lo perciben tengan que tributar por este importe. Con el objetivo de que el incremento del SMI no se traduzca en una mayor carga fiscal, la normativa del impuesto se ha modificado con efectos retroactivos desde enero.

Desde el 1 de enero de 2026 se introduce una modificación en la normativa del IRPF destinada a impedir que quienes perciben el Salario Mínimo Interprofesional tributen por este concepto. El cambio se articula mediante el Real Decreto-ley 5/2026, publicado en el BOE de 19 de febrero de 2026 y en vigor desde el día 20.

La medida no opera mediante una exención directa del salario, sino a través de una deducción específica en la cuota del impuesto, diseñada para neutralizar el efecto fiscal del SMI.

Atención. El SMI no se declara como renta exenta: se incluye en la declaración, pero su efecto fiscal se compensa mediante una deducción.

¿Cómo queda el SMI en 2026?

Para entender el alcance de la medida fiscal, conviene recordar cuál es el SMI vigente durante 2026.

El SMI para 2026 se fija en:

  • 1.221 euros brutos mensuales
  • en 14 pagas
  • lo que supone un total anual de 17.094 euros brutos

Este importe anual es el que se toma como referencia para aplicar la deducción en el IRPF destinada a evitar que quienes perciben el salario mínimo soporten carga fiscal por este concepto.

El ajuste en el impuesto parte precisamente de esta cuantía anual. La deducción se aplica íntegramente cuando los rendimientos del trabajo no superan dicho umbral y se reduce progresivamente cuando los ingresos se sitúan ligeramente por encima.

Atención. El SMI funciona como referencia anual: situaciones como contratos a tiempo parcial, altas o bajas durante el ejercicio o pagas prorrateadas pueden modificar el resultado fiscal final.

¿A quién se aplica la eliminación del IRPF?

La deducción está dirigida a contribuyentes que obtienen rendimientos del trabajo derivados de una relación laboral o estatutaria y que se sitúan dentro de determinados límites de ingresos.

Podrán aplicar esta deducción quienes cumplan simultáneamente las siguientes condiciones:

  • Rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 20.048,45 euros anuales.
  • No obtener otras rentas (excluidas las exentas) superiores a 6.500 euros anuales.

¿Cómo funciona la deducción?

La deducción no se aplica de forma uniforme para todos los niveles de renta. La normativa establece dos tramos diferenciados:

  • Rendimientos del trabajo iguales o inferiores a 17.094 euros anuales → deducción fija de 590,89 euros.
  • Rendimientos entre 17.094 y 20.048,45 euros → la deducción se reduce progresivamente.

En este segundo caso, el cálculo se realiza restando a 590,89 euros el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos del trabajo obtenidos y los 17.094 euros.

¿Dónde se aplica la deducción en el IRPF?

La deducción se aplica sobre la cuota líquida total del impuesto, una vez que ya se han aplicado las deducciones generales previstas en la normativa del IRPF.

Esto implica que:

  • No reduce la base imponible.
  • No modifica el cálculo previo de las retenciones.
  • Actúa en la fase final del impuesto, ajustando el resultado a pagar.

Además, la deducción tiene un límite: no puede superar la parte de la cuota que proporcionalmente corresponda a los rendimientos del trabajo.

Si la cuota resultante es reducida, la deducción puede verse limitada.

¿Qué ocurre con las retenciones durante el año?

Aunque la deducción tiene efectos desde el 1 de enero de 2026, durante el año pueden haberse practicado retenciones de IRPF en nómina en función de la situación personal y familiar del trabajador.

La regularización se produce, en su caso, al presentar la declaración del IRPF, momento en el que se aplica la deducción y se ajusta el resultado final.

Atención. Que existan retenciones durante el año no significa que se pierda el efecto neutralizador del IRPF, ya que el ajuste definitivo se realiza en la declaración.

Para cualquier duda o aclaración sobre la aplicación de esta medida, puede ponerse en contacto con este despacho profesional.

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