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  • 08/05/2023

El IVA en la creación, transmisión y canje de NFT

Spanish Vat Services

Fernando Matesanz, Director y fundador de Spanish VAT Services Asesores, ha compartido este artículo en Legal Today.

Las operaciones económicas con NFT empiezan a ser cada vez más habituales. Como cualquier actividad de carácter económico, las mismas tienen implicaciones en el IVA.

La Dirección General de Tributos fue una de las primeras administraciones comunitarias en pronunciarse (en marzo del año pasado) sobre la tributación en el IVA de la transmisión de NFT (consulta V0486-22). Desde entonces ha habido pronunciamientos de todo tipo en distintos países.

Las operaciones que se pueden hacer con NFT no se refieren únicamente a su transmisión. También es importante tener en cuenta qué ocurre en el proceso de su creación que suele implicar el pago de un precio. Además, algunos NFT pueden canjearse por activos futuros como si de un bono se tratasen.

En el post de hoy hablamos de las implicaciones en el IVA de algunas de las operaciones más habituales que se realizan con NFT. No son, ni mucho menos, las únicas puesto que la actividad en el ámbito de la economía digital no cesa.

Muchas de las preguntas sobre la tributación en el IVA de los NFT pueden responderse mediante la aplicación de la normativa habitual del impuesto (hecho imponible, lugar de realización, sujeto pasivo, tipo impositivo y exenciones).

Sin embargo, esto no siempre es posible. Hay modelos de negocio que por su novedad y dificultad técnica no tienen encaje sencillo en la actual normativa del IVA.

Es importante que el legislador y las administraciones tributarias se adapten constantemente a esta realidad cambiante con el fin de alinearse con estas nuevas formas de actividad económica.

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