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  • 11/09/2020

El impuesto sobre sociedades en entidades de nueva creación

ECM Asesores

ECM Asesores informa

Análisis del tipo de gravamen reducido del 15% en el impuesto sobre sociedades para entidades de nueva creación.

Como todos sabemos, actualmente el tipo de gravamen general del Impuesto sobre Sociedades es del 25%. Si bien existen una serie de excepciones, entre las cuales se encuentra la que vamos a analizar en el presente artículo: el tipo de gravamen del 15% para las entidades de nueva creación.

Este nuevo tipo de gravamen reducido fue introducido en el articulado de la vigente Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en su artículo 29.1; si bien ya resultaba de aplicación (aunque limitado a los primeros 300.000 euros de base imponible), desde el ejercicio 2013, a través de la incorporación, a la anterior norma reguladora del impuesto (Real Decreto legislativo 4/2004, de 5 de marzo), de la Disposición Adicional 19ª.

Según el tenor del artículo 29.1 de la vigente Ley del impuesto: “… las entidades de nueva creación que realicen actividades económicas tributarán, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, al tipo del 15 por ciento, excepto si, de acuerdo con lo previsto en este artículo, deban tributar a un tipo inferior.

A estos efectos, no se entenderá iniciada una actividad económica:

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