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  • 12/03/2026

Declaración de la renta: ¿cómo saber si estás obligado a presentarla este 2026?

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Cuenta atrás para la declaración de la renta 2025: quién está obligado a presentarla

Comienza la cuenta atrás para la campaña de la declaración de la renta. En apenas un mes, el próximo 8 de abril, se abrirá el plazo para presentar la declaración correspondiente a los ingresos obtenidos durante el ejercicio 2025.

Las declaraciones podrán presentarse por diferentes vías: a través de la página web de la Agencia Tributaria, mediante su aplicación móvil o de forma presencial en oficinas. El plazo finaliza el 30 de junio. En caso de que el resultado sea a pagar, existirá la posibilidad de fraccionar el importe y abonar la deuda en varios plazos hasta noviembre.

Importante
No todas las personas están obligadas a presentar la declaración de la renta. Por eso conviene conocer en qué casos existe obligación y en qué situaciones puede resultar interesante presentarla aunque no sea obligatorio hacerlo.

Desde TaxDown, plataforma especializada en ayudar a los contribuyentes a confeccionar su declaración, explican que existen seis supuestos principales en los que sí debe presentarse la declaración ante Hacienda.

Ingresos por salario

El primer criterio está vinculado a los rendimientos del trabajo. En concreto, deberán presentar la declaración quienes hayan obtenido:

  • Más de 22.000 euros anuales si han tenido un solo pagador durante 2025.
  • Más de 15.876 euros si han tenido más de un pagador.

Dentro de este segundo supuesto también se incluye el SEPE, ya que las prestaciones por desempleo se consideran un pagador adicional.

Novedad en 2025
Según el Real Decreto-ley 16/2025, cobrar una prestación por desempleo ya no obliga automáticamente a presentar la declaración. La obligación dependerá de que se superen o no los límites generales de ingresos.

En aquellos casos en los que se haya combinado el cobro del paro con un trabajo, el SEPE computará como un pagador adicional, por lo que se aplicará el límite de 15.876 euros para contribuyentes con varios pagadores.

Autónomos

Todas las personas que hayan desarrollado una actividad económica como autónomos deberán presentar la declaración de la renta, con independencia del nivel de ingresos obtenido durante el ejercicio.

Perceptores del Ingreso Mínimo Vital

También deberán presentar la declaración aquellas personas que durante 2025 hayan percibido el Ingreso Mínimo Vital (IMV), incluso aunque sus ingresos hayan sido reducidos.

Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales

Existe asimismo obligación de declarar cuando se hayan obtenido más de 1.600 euros anuales por rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetas a retención en España.

Entre estos supuestos se encuentran, por ejemplo:

  • Beneficios por la venta de fondos de inversión.
  • Intereses de productos financieros sujetos a retención.
Determinadas rentas superiores a 1.000 euros

También deberán presentar la declaración quienes hayan obtenido más de 1.000 euros anuales por determinados conceptos, como por ejemplo:

  • Imputación de rentas por tener un inmueble vacío.
  • Subvenciones o ayudas públicas.
  • Beneficios derivados de inversiones en Letras del Tesoro.
Actividades económicas, alquileres o ganancias sin retención

La obligación también alcanza a quienes hayan obtenido más de 1.000 euros por:

  • Rendimientos de actividades económicas.
  • Ingresos por alquiler de vivienda.
  • Ganancias patrimoniales no sujetas a retención, como ventas de criptomonedas, acciones o premios.
Quiénes no están obligados a presentar la declaración

Según explican desde TaxDown, no tendrán obligación de presentar la declaración aquellas personas que durante 2025 hayan obtenido:

  • Menos de 22.000 euros con un solo pagador.
  • Menos de 15.876 euros si han tenido dos o más pagadores.

No obstante, si se ha cobrado prestación por desempleo, el SEPE se considera un pagador adicional, lo que puede provocar que resulte aplicable el límite inferior de ingresos.

Además de estos límites, los ingresos procedentes de otras fuentes no deben superar los 1.500 euros anuales.

Consejo práctico
Aunque una persona no esté obligada a presentar la declaración, puede ser recomendable calcular el resultado antes de tomar una decisión. Si la declaración sale a devolver, puede interesar presentarla para recuperar esas cantidades.

 

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