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Despacho especializado en asesoría de empresas.
C/ Ausias Marc, 26 1er
08010 Barcelona
Tel. 93 317 60 74
Fax 93 317 32 72
El final de año se acerca y 2025 no es un cierre más. La normativa fiscal incorpora cambios relevantes en el Impuesto sobre Sociedades, el IRPF y las obligaciones tecnológicas que afectarán directamente al cierre. Anticiparse antes del 31 de diciembre es esencial para evitar riesgos y optimizar la factura fiscal.
El ejercicio 2025 incorpora ajustes importantes que conviene revisar:
Reserva de capitalización: aumenta al 20 %, y puede llegar al 30 % cuando exista incremento de plantilla.
Tipos reducidos:
Micropymes: 17 % para los primeros 50.000 euros de base imponible y 20 % para el resto.
Entidades de reducida dimensión (ERD): 20 % (antes 25 %).
Tributación mínima: adaptada al régimen de micropymes.
Compensación de bases negativas: se reactivan los límites, con un 50 % para empresas con facturación entre 20 y 60 millones y un 25 % para aquellas que superen los 60 millones.
VERI*FACTU: el sistema será obligatorio en 2026. Durante 2025 debe avanzarse en la adaptación del software y de los procesos internos.
Una revisión contable rigurosa es indispensable para evitar discrepancias con el cierre fiscal:
Revisión de bases imponibles negativas, deducciones y reservas.
Documentación actualizada de operaciones vinculadas.
Actualización correcta de amortizaciones y provisiones.
Comprobación del mantenimiento del empleo, especialmente cuando afecte a incentivos fiscales.
Alineación entre criterios contables y fiscales antes del cálculo definitivo del impuesto.
El ejercicio incorpora ajustes con impacto directo en autónomos, profesionales y contribuyentes en general:
Módulos: se prorrogan los límites y la reducción del 5 %.
Despidos pactados: dejan de estar exentos, salvo que deriven de acuerdos administrativos.
Anualidades por alimentos: exentas si están recogidas en convenio regulador formalizado.
Actividades artísticas: nueva reducción del 30 %.
Rentas del ahorro: el tipo máximo se eleva al 30 %.
MOVES III: deducción del 15 % por adquisición de vehículos o instalación de puntos de recarga.
Nueva deducción para rentas bajas: hasta 340 euros.
Aportaciones a planes de pensiones.
Anticipar gastos deducibles.
Compensar pérdidas pendientes.
Revisar deducciones autonómicas aplicables.
Valorar inversiones en eficiencia energética.
Avanzar en la adaptación del software al sistema VERI*FACTU.
Revisar el impacto en Patrimonio o Grandes Fortunas, cuando proceda.
En Gabinet Assessor Empresarial ayudamos a empresas y profesionales a planificar un cierre fiscal sólido, seguro y optimizado. Si desea revisar su situación o resolver cualquier cuestión concreta, estaremos encantados de atenderle.
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