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  • 21/06/2024

¿Cuáles son los pasos a seguir para contratar a un trabajador?

MZG Asesores

MZG Asesores nos lo explica en su artículo.

Quizás necesites una ayuda extra en tu empresa y quieras incorporar un nuevo empleado. Si es la primera vez que lo haces, es normal que tengas algunas dudas. Aquí aprenderás cuáles son los pasos a seguir para contratar a un trabajador.

Tanto si es la primera vez que contratas a alguien como empresa, como si el empleado es nuevo en el mercado laboral, hay dos pasos previos que debes realizar:

  1. Inscribirse como empresario en la Seguridad Social: Esto se hace a través de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  2. Afiliación de trabajadores: Los empleados que se integran al mercado laboral deben obtener su número de afiliación a la Seguridad Social.

A continuación, los tres pasos obligatorios para contratar a un trabajador:

1. Dar de alta al empleado

Si eres autónomo o una pyme con menos de 15 trabajadores, puedes realizar este trámite mediante el sistema Red Directo. Si tienes más empleados, debes gestionar esto en la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social o en la Administración de la provincia donde esté domiciliada tu empresa.

La solicitud de alta debe incluir los siguientes datos:

  • Nombre o razón social del empleador que promueve el alta.
  • Código de Cuenta de Cotización del empleador.
  • Régimen de Seguridad Social.
  • Nombre y apellidos del trabajador.
  • Número de Seguridad Social del empleado.
  • DNI del trabajador.
  • Domicilio del trabajador.
  • Fecha de inicio de la actividad.
  • Grupo de cotización.
  • Tipo de contrato y coeficiente de jornada, si aplica.
  • Ocupación.

2. Registro del contrato de trabajo

Después de firmar el contrato, tienes un plazo de 10 días para enviar una copia al Servicio de Empleo Público Estatal para su registro. También deben comunicarse los contratos que no requieren formalización por escrito. Es importante especificar la modalidad del contrato (indefinido, temporal, de formación, etc.).

3. Ingreso de cuotas de cotización

El empresario no solo debe pagar los salarios correspondientes a sus empleados, sino que también está obligado a ingresar las cotizaciones propias y de los trabajadores en la Seguridad Social.

Si tienes alguna duda MZG Asesores te puede asesorar. Tienes sus datos de contacto a continuación.

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Despacho

MZG Asesores

La firma MZG Asesores es especialista en consultoría fiscal, laboral y jurídica de empresas.

mzg@mzgasesores.es

Calle Aguacate 41, edificio A2 P2 L8
28054 – Madrid
Tel.: +34 91 565 09 04
Móvil: +34 673 395 095

https://mzgasesores.es/
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