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Despacho especializado en materia contable, fiscal, laboral y seguros
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Las Golden Visa, que fueron aprobadas en 2013 como una ventaja fiscal mediante la cual se concedían visados de residencia a extranjeros no comunitarios que realizaban inversiones superiores a 500.000 euros en viviendas o en otras aportaciones de capital, han sido eliminadas.
¿Qué Opciones de Ahorro Fiscal Están Disponibles Actualmente para Inversores Extranjeros que Deseen Establecerse en España?
Régimen de Impatriados o Ley Beckham
Esta ley establece una tributación del 24% sobre los primeros 600.000 euros (luego, con un tipo marginal del 47%) y solo sobre los ingresos obtenidos de fuente española (exceptuando los salarios, que tributan por renta mundial). Puede generar un significativo ahorro fiscal, ya que la persona tributará en su país de origen como no residente y no pagará impuestos en España sobre dividendos, plusvalías o intereses generados fuera del país.
Este régimen solo es aplicable a quienes se instalan en España como trabajadores, no como autónomos, y su actividad debe justificar su traslado. Además, no deben haber sido residentes fiscales en España durante los últimos 5 ejercicios fiscales.
Los beneficiarios incluyen al solicitante, su cónyuge e hijos menores de 25 años, y la solicitud debe realizarse dentro de los primeros 6 meses de su llegada a territorio español.
Deducciones Autonómicas
En algunas comunidades autónomas, como Andalucía, Galicia o Madrid, existen deducciones fiscales muy favorables. Por ejemplo, en estas regiones el impuesto sobre el patrimonio está bonificado al 100% y el de sucesiones y donaciones tiene una bonificación del 99%.
Ley Mbappé
Permite una deducción del 20% en el tramo autonómico del IRPF sobre las inversiones realizadas en productos financieros como obligaciones, bonos, letras del Tesoro, acciones de empresas cotizadas y no cotizadas, y aportaciones en sociedades limitadas, entre otros, siempre que no estén vinculados al sector inmobiliario.
Al igual que con la Ley Beckham, este régimen solo puede aplicarse si no se ha sido residente fiscal en los 5 ejercicios fiscales anteriores, y se requiere mantener las inversiones durante, al menos, 6 años desde la adquisición de la residencia. Además, el porcentaje de participación en la entidad no debe superar el 40% del capital social o los derechos de voto.
Visa Nómada Digital
Esta visa está dirigida a personas que trabajen de forma remota, ya sea con un contrato con una empresa extranjera o como autónomos con clientes internacionales.
Requisitos:
Haber trabajado al menos 3 meses para una empresa extranjera o tener clientes internacionales si eres autónomo.
Ingresos mensuales de al menos 2.000 euros y tener al menos 25.000 euros en una cuenta bancaria española.
En el caso de ser empleado de una empresa, se debe acreditar la existencia de la actividad real y continuada de la compañía, y demostrar que la relación laboral o profesional se lleva a cabo de manera remota.
Además, se recomienda invertir en startups y PYMEs, así como en proyectos de I+D o producciones audiovisuales, que ofrecen ventajas fiscales significativas, así como realizar aportaciones a planes de pensiones.
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