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¿Opera a través de las fronteras? ¿Quieres dejar tus operaciones exentas de IVA? Necesitas un asesor de IVA.
- Se modificará el actual régimen especial del IVA para pymes, con efectos del 1 de enero de 2025.
- El principal cambio que se introducirá en 2025 es la posibilidad de aplicar la exención del IVA, en determinadas circunstancias, a las transacciones transfronterizas. Esto no es posible en el actual régimen de las pymes, que es un régimen nacional.
- La definición de PYME se basa en el volumen de negocios y los umbrales, tanto a nivel local como a nivel de la UE.
- Se introducirá un nuevo volumen de negocios anual de la Unión para poder beneficiarse del régimen.
- Se añade una nueva declaración de IVA llamada «notificación previa», en la que las pymes tendrán que declarar sus operaciones en todos los Estados miembros de la UE, incluso en aquellos en los que no se aplica el régimen especial.
- Se necesita un nuevo número de IVA, llamado número «EX».
- Las pymes acogidas al régimen no podrán deducir el IVA soportado en la adquisición de bienes o servicios utilizados en sus actividades exentas de IVA.
Spanish Vat, te explica brevemente el nuevo régimen en el artículo al que puedes acceder en el siguiente enlace.
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