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  • 18/04/2024

Impago de los gastos de teletrabajo: ¿es suficiente para justificar la extinción del contrato?

Key Iberboard

Key Iberboard nos lo explica en su artículo

TSJ Cataluña 12-1-24, 23EDJ513127 El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha determinado que la ausencia de reembolso de los gastos generados por el teletrabajo por parte del empleador no constituye una violación contractual lo suficientemente grave como para permitir la terminación del contrato con indemnización, especialmente cuando el monto de dichos gastos no ha sido previamente establecido.

Implicaciones de no compensar los gastos de teletrabajo

Una empleada que trabaja completamente en modalidad de teletrabajo ha interpuesto una demanda buscando la rescisión indemnizada de su contrato laboral, debido a la falta de compensación por parte de su empleadora de los gastos asociados al teletrabajo. Esta demanda se produce mientras aún está pendiente de resolución otro proceso judicial en el que se reclama el pago de estos gastos, cuyo monto no fue acordado entre las partes.

El debate se centra en si la falta de compensación por los gastos de teletrabajo por parte del empleador es lo suficientemente grave como para justificar una rescisión indemnizada del contrato por iniciativa del trabajador (ET art.50.1.c).

Se concluye que la omisión por parte del empleador de cubrir los gastos del teletrabajo no alcanza el nivel de gravedad necesario para proceder a una rescisión indemnizada del contrato laboral por incumplimiento grave por parte del empresario (ET art. 50.1.c), considerando que:

– no hay una cifra acordada entre las partes, siendo esto actualmente objeto de un litigio pendiente de resolución;

– el importe que finalmente se deba podría resultar ser de menor importancia económica.

Si tienes alguna duda, Key Iberboard te puede asesorar. Tienes sus datos de contacto a continuación.

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Despacho

Key Iberboard

La firma Key Iberboard cuenta con más de 40 años dedicados a su gran especialidad: derecho laboral y contable fiscal, aunque también ofrece asesoramiento mercantil.

elvira.arcos@keyiberboard.com

Avenida de Burgos, 12
28036 – Madrid
Telf. +34 91 561 14 22

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