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  • 19/11/2020

Morir sin testamento: ¿Cómo se hereda?

Alier Abogados by Atisa

Alier Abogados by Atisa informa

Hoy en día, todavía es frecuente, por unas razones u otras, que una persona no otorgue testamento donde se establezca a quiénes designa como sus herederos y la cuota de la herencia que le correspondería a cada uno. Pues bien, cuando una persona fallece sin disposición de última voluntad, el trámite para la determinación de quiénes son sus herederos es más complejo y costoso para los que, por ley, le deben suceder.

Proceso para determinar quiénes son los herederos

En primer lugar, lo que tenemos que tener claro ante el fallecimiento de un familiar es constatar fehacientemente que, efectivamente, el mismo no otorgó ningún testamento.

Para ello, necesitamos solicitar el certificado de últimas voluntades del finado, siendo que es en dicho documento donde se determina si el causante había otorgado o no testamento. Este certificado se podrá solicitar transcurridos 15 días desde la defunción.

Una vez que tengamos claro que, efectivamente, el fallecido no otorgó ningún tipo de testamento, aquellas personas que entiendan que le deben suceder, deberán iniciar los trámites para la declaración de herederos abintestato.

La declaración de herederos abintestato se tramita por Acta de notoriedad autorizada por el Notario competente para dicho trámite.

Según la legislación actual, el Notario competente para tramitar la declaración de herederos abintestato será el que tenga competencia para actuar en alguno de los siguientes lugares, siendo que es el solicitante de la declaración de herederos, el que elija el mismo:

  • En el lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio o residencia habitual.
  • En el lugar donde estuviere la mayor parte del patrimonio del finado.
  • En el lugar en que hubiera fallecido, siempre que estuviera en España.

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